El Ayuntamiento publica nuevos bandos como recordatorio de las medidas obligatorias en hostelería, centros de mayores, prevención de riesgos y eventos multitudinarios

Ayuntamiento de Valencina

El Ayuntamiento publica nuevos bandos como recordatorio de las medidas obligatorias en hostelería, centros de mayores, prevención de riesgos y eventos multitudinarios

#Ciudadanía 28/08/2020

Ante la actual fase de repunte de casos positivos por COVID-19 en la provincia de Sevilla y la comarca del Aljarafe, el Ayuntamiento de Valencina ha publico cuatro nuevos Bandos, a modo de recordatorio sobre las medidas vigentes en ámbito nacional y autonómico en los sectores de hostelería, centros de mayores, prevención de riesgos y eventos multitudinarios.

A continuación se resumen algunas de las cuestiones relacionadas con dichos Bandos, incluyéndose el enlace correspondiente para la consulta del documento completo:


1) MEDIDAS DE OBLIGACIONES GENERALES DE PREVENCIÓN 

La ciudadanía deberá adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos. Este deber de cautela y protección será igualmente exigible a los titulares de cualquier actividad. Asimismo, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19.


2) HOSTELERÍA

Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el interior del local, salvo los establecimientos especiales de hostelería con música definidos en el epígrafe III.2.7.c) del Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 155/2018, de 31 de julio, que no podrán superar el 60% de su aforo, si bien, en el supuesto que se dediquen exclusivamente al consumo de bebidas, no tendrán autorizada su apertura. 



3) CENTROS DE MAYORES Y PREVENCIÓN DE RIESGOS

Las empresas serán las competentes para evaluar el riesgo de exposición de las personas trabajadoras en cada una de las tareas diferenciadas que realizan y en los distintos escenarios en los que se puedan desarrollar. Asimismo, habrán de seguirse las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención de riesgos laborales, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias. En todo caso, estas personas trabajadoras que regresen de permisos y vacaciones, así como los nuevos trabajadores que se incorporen al centro, tendrán que tener realizada PCR para COVID-19 con resultado negativo con 72 horas de antelación como máximo 


4) EVENTOS MULTITUDINARIOS

En todo caso, en los eventos multitudinarios se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria conforme a lo previsto en el documento “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España”, acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. En función de esta evaluación, cada evento de estas características deberá contar con la autorización de la Comunidad Autónoma. 

Bandos Municipales
Nombre Tamaño Tipo
eventos_multitudinarios 177,17 KB
centros_residenciales 163,6 KB
hosteleria 176,54 KB
obligaciones_genericas 165,39 KB