Medidas preventivas excepcionales ante el incremento de casos de COVID-19 EN Valencina

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Medidas preventivas excepcionales ante el incremento de casos de COVID-19 EN Valencina

#Ciudadanía 20/10/2020

DECRETO DE ALCALDÍA:
 
MEDIDAS PREVENTIVAS EXCEPCIONALES ANTE EL INCREMENTO DE CASOS DE COVID-19 EN VALENCINA
Hoy 19 de octubre, la Junta de Andalucía cifra en 50 los nuevos casos detectados.
 
 
Atendiendo a las recomendaciones de la Delegación Territorial de Salud de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento de Valencina ha hecho público el siguiente Decreto ante el incremento paulatino de casos positivos.
 
Con carácter excepcional y temporal (hasta que las gestiones que se están realizando con la Delegación Territorial de Salud lo aconsejen), se establecen:
 
 
1.- MEDIDAS ESPECÍFICAS DE ÁMBITO LOCAL
 
-SUSPENSIÓN de todas las actividades, actos y eventos organizados por el Ayuntamiento que conlleven concentración de personas.
-CIERRE de todas las instalaciones deportivas para la práctica del deporte. Sin perjuicio del mantenimiento del Funcionamiento administrativo.
-SUSPENSIÓN de la modalidad presencial de la Escuelas Deportivas Municipales.
-SUSPENSIÓN de la modalidad presencial de los Talleres Culturales Municipales.
-SUSPENSIÓN de la modalidad presencial del Aula Municipal de Música.
-CLAUSURA de parques municipales y precinto de parques infantiles al aire libre.
-SUSPENSIÓN de la atención al público presencial en la Biblioteca y Centro Guadalinfo, atendiéndose por medios telefónicos y telemáticos, y en caso de urgencia, previa concertación de cita previa.
-MANTENER las medidas preventivas en los edificios públicos, con sectorizaciones, flujos de personas y aforos.
 
 
 2.- INCIDENCIA ECONÓMICA
 
Se suspenden, devuelven o compensarán los importes de las tasas, precios públicos y canon en la parte proporcional al tiempo en que la actividad no ha podido realizarse como consecuencia de las medidas adoptadas por la autoridad competente en el periodo de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
- Precios públicos de actividades deportivas y culturales.
- Canon generado por concesiones administrativas en el marco de la suspensión del
contrato.
Esto conlleva a realizar su liquidación excluyendo la parte proporcional correspondiente a la duración de las medidas preventivas excepcionales a adoptar ante la crisis sanitaria provocada por el covid- 19 y sus posibles prórrogas. En los casos en los que la persona contribuyente los haya abonado, podrá solicitar la devolución o compensación de la parte proporcional correspondiente a la duración del periodo de suspensión y sus posibles prórrogas.
Las medidas previstas en la presente Resolución mantendrá su vigencia durante la vigencia de las medidas preventivas excepcionales a adoptar ante la crisis sanitaria provocada por el covid- 19 y sus posibles prórrogas, pudiendo prolongarse en caso de que la situación sea prorrogada por las autoridades competentes.
 
 
3.- RECOMENDACIONES GENERALES
 
-NO CELEBRACIÓN de eventos sociales o familiares tales como comuniones, bodas, bautizos, cumpleaños, fiestas privadas, comidas de empresas y otros eventos; y en todo caso, ser diligentes y escrupulosos en la aplicación de todas y cada una de las medidas preventivas de salud pública, en vigor, dispuestas por la Junta de Andalucía para este tipo de actividades.
-NO CELEBRACIÓN de fiestas en locales o viviendas particulares que no sean del más estricto ámbito familiar y respetando siempre que sea posible la recomendación máxima de 6 personas.
-Que el TIEMPO DE ESPERA en las puertas o aledaños de los centros escolares y escuelas infantiles sea el mínimo y se limite al estrictamente al necesario para acompañar o recoger a los alumnos. En este sentido se coordinará dicha medida con las adoptadas por los distintos centros educativos.
-Que todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público cumplan estrictamente con el AFORO MÁXIMO permitido, reduciéndolo en su caso, conforme a la directrices autonómicas.
-Se RECOMIENDA a los establecimientos de hostelería y restauración que limiten el aforo al cincuenta por ciento en espacios interiores. Las mesas deberían guardar una distancia de, al menos 1,5 metros, respecto de las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos 1,5 metros, entre las personas sentadas en diferentes mesas; con una ocupación máxima de seis personas por mesa. Ajustar y limitar los horarios de apertura y cierre de los establecimientos.
-ENFATIZAR la obligación de ser escrupulosos en el cumplimiento de todas y cada una de las medidas de higiene y prevención establecidas por la Junta de Andalucía, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, actualmente en vigor; entre ellas, se recuerda realizar una higiene de manos frecuente, mantener la distancia social de seguridad, utilizar mascarillas homologadas...
-Las recomendaciones anteriormente expuestas, se entienden sin perjuicio de la actualización que en su caso proceda, por la Autoridad competente.
 
 
 4.- DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SALUD
 
El Ayuntamiento ha solicitado a la Delegación Territorial de la Consejería de Salud y Familia para que continúe con la evaluación del riesgo y el escenario de evolución de los casos positivos en nuestro municipio, y determine la necesidad, en su caso, de aplicar medidas adicionales necesarias y proporcionales, con la finalidad de contener el brote.